Abogados Derecho Colaborativo

¿Qué es el Derecho Colaborativo?

Es un método en el que las Partes en conflicto, junto con sus respectivos Abogados, se comprometen, a través de una negociación en equipo y de forma privada, confidencial y extrajudicial, a colaborar para buscar soluciones a su problemática legal, soluciones, que respeten el interés de cada uno.

Desde un inicio de la negociación se pacta que, si tras el Proceso Colaborativo no se llegara a un acuerdo, los Abogados intervinientes no podrán asesorar ni defender a sus clientes en un futuro proceso judicial.

¿Qué novedades y ventajas aporta el Derecho y la Práctica Colaborativa en relación a otras fórmulas y métodos de resolución de conflictos convencionales?

Se trata de un proceso en el que las Partes son las verdaderas protagonistas en la búsqueda de soluciones para su conflicto, lo que supone la esencia y la distinción del proceso colaborativo en relación a otras formas de resolución de conflictos.

En el Proceso Colaborativo, en primer lugar, se han de estudiar las necesidades y los intereses que puedan tener las partes, para más tarde buscar las soluciones creativas que les sean más adecuadas y satisfactorias.

¿Cuáles son las bases, las premisas y los valores en el Proceso Colaborativo?

Las Partes se comprometen a actuar con transparencia en el intercambio de datos e información necesaria para buscar soluciones. Asimismo se han de comprometer a respetar la confidencialidad del proceso y a actuar con equidad buena fe. 

La trasparencia, la confidencialidad, la equidad y la buena fe son las premisas necesarias para crear un clima de confianza donde las partes puedan sentarse a negociar. Con estas premisas se establecen las bases para negociar en equipo entre los abogados y los clientes, lo que facilita el marco adecuado para buscar soluciones creativas que propiciarán alcanzar acuerdos donde se prime el interés de las partes.

¿Cuál es el papel del Abogado el Proceso Colaborativo?

La función del Abogado será la de dirigir y asesorar a su Cliente en este Proceso Colaborativo.

Los Abogados que actúen en los Procesos Colaborativos deberán contar con la formación profesional y la preparación específica para actuar en estos procesos que implican, además de los necesarios conocimientos jurídicos, formación especializada en técnicas y recursos para dirigir de forma adecuada esta especial forma de Negociación.

Los Abogados que ejerzan el Derecho Colaborativo deben regirse por las mismas normas deontológicas, para garantizar que sea una negociación que respete los valores que caracterizan el Derecho Colaborativo.

Los Abogados que participan en prácticas colaborativas están más involucrados en la búsqueda de soluciones al conflicto.

Además de los Abogados de las partes, ¿Pueden intervenir otros profesionales en el Proceso Colaborativo?

Atendiendo las necesidades de las partes, es conveniente contar con un equipo multidisciplinar que pueda aportar y/o ayudar a solucionar aspectos técnicos o emocionales del conflicto, o, a dar respuesta a cuestiones que puedan plantearse. Así, puede solicitarse la colaboración en intervención de expertos neutrales tales como peritos, economistas, psicólogos, coachs, mediadores…

Derecho Colaborativo en el ámbito del Derecho de Familia: 

Atendiendo a que en los procesos de familia se ha de tener en cuenta, además de los problemas legales, la gestión de las emociones y las relaciones personales entre las partes, el Derecho y la Práctica Colaborativa puede ser un método adecuado para dar solución al conflicto entre las partes.

¿Es aconsejable en todos los supuestos del ámbito de familiar acudir al Derecho Colaborativo como método para resolución de los conflictos?

Se ha de valorar si este método es la forma de solución más apropiada para los intereses de la Parte a la que se va a representar. No en todos los casos será lo más adecuado la utilización de la práctica colaborativa, debiéndose valorar si las Partes que deben sentarse a negociar comparten los valores del Derecho Colaborativo.

¿De dónde surge el Derecho Colaborativo?

El Derecho Colaborativo es un método de resolución alternativa de conflictos que se inició en los años 90 en EE.UU.

España también se ha hecho eco de este método tan innovador que ayuda a alcanzar acuerdos más duraderos, con menor desgaste emocional, en un entorno más cordial, y con un procedimiento más ágil, flexible y práctico para llegar a dar una solución alternativa a los conflictos entre las partes.

Actualmente se ha creado en Cataluña la ACDC (Asociación Catalana de Derecho Colaborativo), de la cual nuestro despacho, a través de su titular, es miembro fundador.

¿Cuál es la diferencia entre un Proceso de Mediación y el Derecho Colaborativo?

La principal diferencia es que en el Proceso de Mediación, el Mediador, es un profesional neutral, y el proceso se centra en la resolución del conflicto. En el Proceso Colaborativo los Abogados que intervienen no son neutrales, representan a las respectivas partes, y el proceso se centra en la búsqueda de un acuerdo sostenible.

El compromiso con nuestros clientes para aportarles y ofrecerles las fórmulas más adecuadas para dar solución a su problemática particular hacen que, en Abogadas Mateo Ferrús, apostemos por los métodos y sistemas alternativos para la resolución de conflictos, como la Mediación y el Derecho Colaborativo.

Si queréis ser los protagonistas y tomar las decisiones de cómo os gustaría que se regule vuestra ruptura, mediante el Derecho Colaborativo podéis encontrar el camino y la herramienta para hacerlo.

Llámanos  al  93 000 38 48 y apuesta por el derecho colaborativo.

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    Maria Jesús Mateo