¿A quién se asigna el uso del domicilio familiar en caso de separación o divorcio, y cuándo finaliza este uso?

Esta es una de las preguntas más frecuentes que realizan a nuestros Abogados Matrimonialistas.

Normalmente el uso de la vivienda familiar es asignado por la autoridad judicial preferentemente al progenitor al que le corresponde la guarda de los hijos menores de edad.

Pero la ley prevé excepciones que se han de tener en cuenta. Así, la autoridad judicial puede asignar el uso a uno de los cónyuges cuando considere que éste es el más necesitado en los siguientes casos:

a) Aunque se haya fijado la guarda compartida de los hijos.

b) Cuando los cónyuges no tengan hijos o sean éstos mayores de edad.

c) También puede asignar el uso cuando haya establecido la guarda de los hijos menores de edad pero sea previsible que el cónyuge necesite del uso de la vivienda después de que los hijos alcancen la mayoría de edad.

Por último, y de forma excepcional, el Juez puede asignar el uso al cónyuge que considere más necesitado, aunque existan hijos menores y no tenga la guarda individual de los mismos, siempre que el otro cónyuge al que sí se le ha asignado la guarda de los niños cuente con medios suficientes para que pueda hacer frente al pago de una vivienda para sí y los hijos.

En estos casos excepcionales que acabamos de mencionar el Juez deberá establecer el uso del domicilio de forma temporal.

Y, ¿se puede pedir la extinción del derecho de uso temporal al cónyuge más necesitado por algún motivo?

La ley establece que pueda solicitarse la extinción si concurre alguna de las siguientes causas:

  1. Cuando mejora la situación económica del beneficiario del uso o cuando empeora la situación del otro cónyuge, si esto lo justifica.
  2. Cuando el beneficiario del uso contrae matrimonio o convive maritalmente con otra persona.
  3. Cuando fallece el beneficiario.
  4. Cuando se acaba el plazo establecido o sus posibles prórrogas.

¿Y qué pasa cuando finaliza el uso temporal atribuido por el Juez?

El cónyuge titular puede recuperar la posesión una vez finalizado el plazo.

¿Y si la parte que ha sido beneficiaria del uso se niega a entregar la posesión?

La ley prevé que se pueda solicitar la ejecución de la sentencia que establecía ese uso temporal.

Es conveniente que solicites asesoramiento especializado en caso de tener dudas sobre cuándo se puede atribuir o extinguir el uso del domicilio familiar en caso de separación o divorcio. En Mateo Ferrús Abogadas podemos ayudarte. Llámanos al 93 000 38 48 o rellena el formulario y nos pondremos en contacto en breve.

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