¿Cuánto es la legítima en Cataluña? La legítima en Cataluña es el derecho que otorga el Código Civil Catalán a los descendientes (o ascendientes en caso de no haber tenido hijos) a recibir una parte de la herencia de sus progenitores a su fallecimiento.

¿Quién puede pedir la legítima?

La legítima pueden solicitarla todos los hijos del causante por partes iguales. Si alguno de los hijos hubiera muerto antes que el causante, podrán heredar los hijos que éste pueda tener.

Si el causante no tuviera descendientes serán legitimarios sus progenitores a partes iguales.

¿Cuándo nace el derecho a reclamar la legítima?

Nacerá en el momento en el que fallece el causante. Antes de ese momento no puede embargarse la herencia por deudas de los posibles legitimarios.

¿A quién se debe reclamar la legítima?

El heredero o los herederos serán quienes responden personalmente del pago de la legítima con cargo a los bienes de la herencia.

Por ello deberás reclamar tus derechos legitimarios a los herederos legales o a los nombrados por el testador.

¿Cuánto es la cuantía de la legítima?

La cuantía de la legítima es la cuarta parte de la herencia calculada aplicando una serie de reglas.

¿Cómo se calcula la legítima?

Se ha de partir de la valoración que tengan los bienes en el momento del fallecimiento. Al importe que resulte se le tendrán que restar todas las deudas que existan con cargo a la herencia, así como los gastos de última enfermedad y entierro.

Al importe que resulte se le tendrán que sumar los bienes que el causante haya dado o vendido a título gratuito durante los 10 años anteriores a su muerte. La ley establece que el valor de los bienes que hayan sido objeto de donación imputable a la legítima deberán computarse, sea cual sea la fecha de la donación.

¿Cómo se ha de pagar la legítima?

El heredero, o las personas facultadas para el pago de las legítimas, pueden optar entre pagar en dinero o con los bienes que existan en la herencia. Si se paga con los bienes, estos se valorarán en el momento en el que el heredero decide pagar en bienes y lo notifica al legitimario.

¿Cómo puedo pedir la legítima?

Puedes reclamarla judicialmente en el caso de que el heredero o herederos no cumplan con su obligación de pagar la legítima a los legitimarios. Si el heredero no paga podrás reclamar la legítima judicialmente. Además del valor de la legítima, podrás pedir los intereses legales desde la muerte del causante, con la excepción de que en el testamento el causante haya dejado dicho que la legítima no devengará intereses.

¿Cuál es el plazo para reclamar la legítima en Cataluña?

La ley otorga el plazo de 10 años para que puedas reclamar la legítima. El plazo empezará a contar desde la fecha de fallecimiento del causante.

Si crees que estás en posición de reclamar una legítima, ponte en contacto con nosotros y nos encargamos de todo para hacértelo más fácil y evitarte conflictos familiares. Llámanos al 93 000 38 48 o rellena el formulario de contacto y nos pondremos en contacto contigo en el mismo día.

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